Ir al contenido principal

LIBROS DE LECTURA OBLIGATORIA

                                                    

                                                                                                                          Absalón Méndez Cegarra

Los venezolanos, los pocos que quedamos en el país, debemos reflexionar un poco más objetiva y seriamente  sobre las cosas que han venido sucediendo en los campos políticos, económicos y sociales. Nada de lo que ocurre debería  sorprendernos porque todo ha sido obra nuestra por acción u omisión.
A Hugo Chávez lo llevamos  nosotros, los venezolanos,  al poder y le permitimos hacer todo lo que le dio su voluntad. Y, la sucesión dinástica la permitimos,  también. Muy poco hicimos para detener el desenfreno.
Dos libros, uno,  de vieja data, y, otro, de reciente publicación, son de lectura obligatoria para tratar de entender, comprender y explicar la dinámica socio-política de la Venezuela actual. Ambos libros tienen un mismo contexto: la elección de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para la redacción de una nueva Constitución.
El primer libro, coordinado por los académicos Luis Salamanca y Roberto Viciano Pastor, reúne un conjunto de ensayos sobre la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el título: “El Sistema Político en la Constitución Bolivariana de Venezuela”, fruto de la ANC  electa e instalada en el año 1999. (Vadell hermanos, editores. Valencia, 2004). Y, el segundo libro, compilado por los académicos Allan R. Brewer-Carías y Carlos García Soto,  reúne, igualmente,  una diversidad de ensayos, pronunciamientos y documentos, de gran valor, bajo el título: “Estudios sobre la Asamblea Nacional Constituyente y su Inconstitucional convocatoria en 2017” (Editorial Jurídica Venezolana. Colección Estudios Jurídicos N° 119. Caracas, 2017).
En el primer libro, encontramos la explicación cabal de lo que estamos viviendo  y padeciendo en Venezuela. Los constituyentes de 1999, seducidos por el mesías-redentor,  diseñaron un sistema político  del cual nos estamos resintiendo en la actualidad. La CRBV reforzó y fortaleció al máximo  el presidencialismo y el papel de las Fuerzas Armadas en la conducción  de la vida nacional y los cobijó bajo un manto que, bien puede considerarse, un super poder: la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. La separación orgánica de las distintas ramas del Poder Público se convirtió en fantasía y, en especial, el Poder Legislativo, fue vaciado de facultades. Esta trilogía institucional, constituye la verdadera Constitución y la estructura del sistema político de la República, lo demás del contenido constitucional luce decorativo, incluyendo,  la concepción de democracia directa, participativa  y protagónica  y  el enunciado en materia de derechos humanos con todo lo avanzado y vanguardista  que se nos presenta.

Este es el legado de Chávez, el cual resulta incómodo, inexplicablemente, a su heredero en el poder, motivo por el que dicho heredero,  para salir de las ataduras que le asfixian, convoca, inconstitucionalmente, otra ANC, según dice, no para cambiar la Constitución de 1999, sino para reforzarla, sin dejar de señalar,  que, la ANC será plenipotenciaria y su resultado originario.

Comentarios

Entradas populares de este blog

DESCONOCIMIENTO DE LA LEY

                                                            DESCONOCIMIENTO DE LA LEY                                                                                                                       Absalón Méndez Cegarra En Venezuela, cada día, nos tropezamos con hechos insólitos. El Código Civil de Venezuela, en sus artículos 2° y 4°, establece dos(2) máximas que tienen por finalidad garantizar seguridad jurídica entre la población. Al efecto, señala,   el Código, artículo 2°, lo siguiente: “La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento”. Y, en el artículo 4°, tenemos, que: “A la ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de   ellas entre sí y la intención del legislador (…)”. Estas disposiciones legales nos advierten que la ley, aún cuando se desconozca su contenido, aplica en cualquier circunstancia de hecho, tiempo y lugar; y, que, su interpretación, no puede ser arbitraria, caprichos

LEY DE SATURACIÓN CRIMINAL

                                         LEY DE SATURACIÓN CRIMINAL                                                                                                                  Absalón Méndez Cegarra        Las ciencias criminalísticas, mediante información estadística del fenómeno criminal, han llegado a establecer dos leyes que explican el comportamiento de dicho fenómeno y su regularidad en cualquier lugar del mundo. Se trata de las leyes sociales conocidas como: Ley de saturación criminal y ley de sobresaturación criminal. La primera de estas leyes, la de saturación criminal, establece que cada sociedad, país o grupo humano tiene capacidad para tolerar un cierto y determinado grado de delincuencia y de criminalidad, fenómeno que ha acompañado al ser humano desde su aparición en la tierra, el cual ha sido estudiado de mil maneras y desde distin

MUNICIPIO SUCRE, ESTADO MIRANDA

Absalón Méndez Cegarra El actual Municipio Sucre del Estado Miranda es el pariente pobre de lo que ayer fue una familia acaudalada: El Distrito Sucre, integrado por los hoy Municipios Autónomos Chacao, Baruta, El Hatillo y Sucre. La nueva división política territorial ha determinado que el Municipio Sucre, se haya quedado con   la población asentada   en las Parroquias Caucaguita, Filas de Mariche, La Dolorita, Leoncio Martínez y Petare, es decir,   la concentración de población más grande de Venezuela, caracterizada por sus múltiples problemas económicos, sociales y políticos, por cuanto se trata de la población mayormente desasistida, carente de los más elementales servicios públicos. El Municipio Sucre, carece de importancia económica; pero,   por el número de habitantes que lo habita, tiene gran significación electoral y, en esto reside su atractivo. El Estado Miranda, según el censo 2011, tiene una población total de 2.675.165   habitantes, sólo el Estado Zulia le supera