CONDICIONES PARA SER PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Absalón Méndez Cegarra La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999, establece en su artículo 227 los requisitos para que una persona pueda ser elegida Presidente de la República, a saber: “Para ser elegido Presidente de la República o elegida Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de treinta años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución”. El artículo siguiente, el 228, agrega, que: “La elección del Presidente o Presidenta de la República se hará por votación universal, directa y secreta, de conformidad con la ley. Se proclamará electo o electa el candidato o la candidata que hubiere obtenido la mayoría de votos válidos” Dos normas constitucionales violadas abierta y descaradamente por el chavismo – madurismo...
TOMA DE POSESIÓN INDIGNA Y BOCHORNOSA Absalón Méndez Cegarra Venezuela vio la luz del nuevo año con signos contradictorios de esperanzas y desesperanzas. El pueblo venezolano, interno y externo, ha dado la vida por lograr romper civilizadamente los lazos que nos atan a un gobierno tiránico y criminal. El pueblo ha hecho lo propio. Ha perdido el miedo y desafiado a la dictadura. La comunidad internacional se ha mostrado, como siempre, timorata, cómplice, en algunos casos. Muy bien lo ha señalado el presidente electo Edmundo González Urrutia, “aquí, no hay espacio para la neutralidad”. Se está con la dictadura y la usurpación del poder o, en favor de la libertad y la democracia. No hay medias tintas como lo han pretendido algunos gobiernos del hemisferio. La dignidad es un valor social que nos viene dado de lo alto, desde la creación, por la especial naturaleza del ser humano. La dignidad originaria se cultiva, Se gana o se pierde. Cuando el ser humano pierde su dignidad por su comp...