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NEGRO PRIMERO Y DESPROTECCIÓN SOCIAL DE LA FANB

                              NEGRO PRIMERO Y DESPROTECCIÓN SOCIAL DE LA FANB

                                                                                                             Absalón Méndez Cegarra


Motiva el presente artículo un comentario hecho por las redes sociales por Antonio Guevara, 22-11-2024, a propósito del trágico fallecimiento del Coronel Carlos Julio Rodríguez, destacado oficial de la FANB, en situación de retiro, quien no contó con las mieles del poder para atender su precaria situación de privación e insatisfacción de sus necesidades básicas y sociales.

Los militares en Venezuela fueron un sector social que gozó del aprecio y admiración del pueblo y consentimiento de los distintos gobiernos habidos en Venezuela desde Juan Vicente Gómez hasta Carlos Andrés Pérez.

La llegada al poder de Hugo Chávez, miembro de la FANB, significó la destrucción de la institución militar en el país. Los flagelos que acabaron con la institución fueron, entre otros, la abierta participación partidista mediante la concesión del derecho al voto; la eliminación de la meritocracia, los últimos pasaron a ser los primeros; el irrespeto a la jerarquía; la ideologización extrema; la creación de un quinto componente (las milicias), suerte de degradación de la carrera militar; el fomento de la corrupción; y, la ocupación de los militares en actividades impropias de la carrera militar. Los militares se desprofesionalizaron y pasaron a ser vendedores ambulantes de verduras, carnes, medicinas y productos de panadería. Razón, por la que militares uniformados se ven solo en los cuarteles y en los miles de alcabalas que colocan a diario en cada esquina.

Un aspecto que llama poderosamente la atención es la desprotección social que reina en la familia militar. Los profesionales de la milicia en Venezuela han pasado a ser pobres de solemnidad, estatus que comparten, curiosamente, con los profesores universitarios, quienes también, lo hemos perdido todo.

Los miembros de la hoy, FANB, una ofensa al Padre de la Patria, se caracterizaron por ser el primer sector de la sociedad venezolana en contar y disponer de seguridad social. Finalizada la guerra de la independencia se inició el establecimiento de regímenes de pensiones y montepíos para los militares sobrevivientes de la guerra o los familiares de militares fallecidos en la conflagración. Progresivamente se fue estructurando un verdadero y moderno sistema de seguridad social para la familia militar. En el año 1946, se crea el primer instituto de previsión social en Venezuela: El Instituto de Previsión Social de la FAN (IPSFA), preludio de la creación y puesta en marcha de un conjunto de instituciones que brindaron protección social a los militares y sus familiares: Sanidad Militar y su red de instituciones hospitalarias y ambulatorias en cada componente; Seguros Horizonte; Casinos Militares; Círculo Militar; Agencias de Viajes, Montepío Militar; Pensiones por Retiro; Prestaciones Sociales Laborales; Comisariatos, Programas crediticios, Viviendas en Guarnición, etc.

Esta institucionalidad ha estado casi siempre regulada legislativamente y en tiempos recientes por leyes que inexplicablemente pasan de ser leyes ordinarias a leyes orgánicas, carentes de explicación alguna. Además, es un régimen contributivo directo, de prestaciones prepagadas.

En el año 1995, una comisión, de la cual formamos parte, designada por el Congreso de la República para revisar el ordenamiento jurídico en materia de seguridad social, tuvo la osadía de incorporar al sector militar en un Proyecto de Ley Orgánica de los Seguros Sociales. Tal osadía casi nos cuesta la libertad, pues, la cúpula militar de aquel entonces se movilizó y acudió ante el presidente Rafael Caldera en solicitud del retiro de tal pretensión y el

mantenimiento de la norma de la Ley del Seguro Social que excluye expresamente del régimen de los seguros sociales a los miembros de las Fuerzas Armadas, en atención a sus especiales características laborales de este sector objetivamente observables.

La propuesta de incorporar a los militares en el sistema de seguridad social general se mantuvo en el ambiente hasta la llegada de Hugo Chávez al poder, quien exigió a la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, excluir constitucionalmente a los militares de la seguridad social aplicable al resto de los mortales, origen de la norma del artículo 328 de la CRBV, la cual, en su parte final, establece, que: “La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional ( el componente miliciano es inconstitucional), que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establece su respectiva ley orgánica”.

¿Y, cuál es esa ley orgánica que regula el régimen de seguridad social propio de los militares? pues, la Ley Negro Primero de Seguridad Social de la FANB. (Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Ley Negro Primero (Gaceta Oficial Nº 6.209 Extraordinario del 29 de diciembre de 2015) DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA -LEY NEGRO PRIMERO)

Esta Ley, en su artículo 3°, establece lo siguiente: “El Sistema de Seguridad Social Integral del personal militar comprende el bienestar social, pensiones, asignación de antigüedad, atención a las necesidades de vivienda y hábitat, prestaciones dinerarias, cuidado integral de la salud, atención al adulto mayor, recreación y demás beneficios socioeconómicos. Este sistema garantiza la prestación de servicio ante enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos en el ejercicio de la profesión, vejez, viudedad, orfandad, pensiones, recreación, servicio funerario; así como, los requerimientos para vivienda y cualquier otra prestación objeto de previsión social garantizados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, leyes y reglamentos que regulen la materia”. Todo un sistema de protección social que solo existe en el papel, lo mismo que sucede con el artículo 86 de la CRBV y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS, 2002. 2012).

Bautizar a la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FANB con el nombre de Negro Primero, más que enaltecimiento al héroe de Carabobo, parece un desmerecimiento y una ridiculez inexplicable; pero, es al mismo tiempo, una especie de signo fatídico; pues, el Negro Primero, no ha podido hacer nada por re-editar y reivindicar la seguridad social perdida de los miembros de la FANB y sus familiares, quienes, al igual que la mayoría de los venezolanos, languidecen en la pobreza y la miseria, por eso decimos que el Negro Primero, causó el estado de desprotección social actual de los miembros de la FANB y la de sus familiares directos.

Finalmente, volviendo al comienzo, dice Antonio Guevara, que, el Coronel Carlos Julio Rodríguez, “al parecer se encontraba agobiado por la soledad y la situación económica (…) El camino final de los viejos antes de la muerte: soledad y pobreza”. Esta es la calamidad que están viviendo en la actualidad los miembros, activos y retirados, de la FANB, con excepción de la cúpula militar, al igual que casi todos los venezolanos. La pobreza fue socializada.

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