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UNA LÁPIDA PARA LA PREVISIÓN SOCIAL UNIVERSITARIA


 Absalón Méndez Cegarra

El gobierno nacional, el PSUV, casi, desde el mismo instante de la toma del poder en el año 1999, orientó la mirada hacia las formas y modalidades de protección social ideadas, creadas y puestas en marcha por el profesorado universitario en algunas universidades nacionales autónomas, bajo la figura de los institutos de previsión social. El primero de estos institutos, fundado en el año 1958, fue el Instituto de Previsión Social del Profesorado de la Universidad Central de Venezuela (IPP.UCV), entidad fundacional en la cual la UCV hizo descansar la obligación que le establece la Ley de Universidades vigente, en su artículo 114, de velar por el bienestar social de los miembros de la comunidad universitaria.

Con el correr de los años se fueron creando institutos de previsión social para los profesores de la ULA, LUZ, UDO, UC, UPEL, UG, UNEXPO y UCLA y, en algunas universidades, muy pocas, para los empleados administrativos.

Estos institutos fueron desarrollando progresivamente, primero, mediante la lucha gremial y la convención colectiva propia de cada universidad; y, luego, mediante las Normas de Homologación, 1982, verdaderos sistemas de seguridad social para los profesores y sus grupos familiares, lo que sirvió de estímulo al ejercicio de la docencia, investigación y extensión universitaria.

En los años finales del siglo XX e inicios del siglo XXI, los “revolucionarios bolivarianos”, muchos de ellos, profesores universitarios, consideraron que los beneficios sociales alcanzados por los profesores universitarios, constituían un privilegio de una pequeña casta que, ante la tendencia socialista del igualaturismo social, debían desaparecer, obra que se puso en marcha de inmediato, tanto en la Asamblea Nacional Constituyente (1999) como en la Constituyente de la Seguridad Social (2000-2002).

Cruenta, incomprendida y carente de apoyo, resultó la lucha parlamentaria para que la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, LOSSS, 2002, de la cual fuimos co-redactores, incluyese un Régimen Transitorio que dejara a salvo y garantizara los derechos adquiridos y los derechos en formación de las personas afiliadas a regímenes de jubilaciones, pensiones y salud pre-existentes a la LOSSS, cosa, que, por ignorancia, cuesta entender a los críticos de la LOSSS.

La arremetida gubernamental contra la institucionalidad previsional del sector universitario se inició en el año 2004, cuando el presidente Chávez ordenó desaplicar las Normas de Homologación; continuó en el año 2008, con Edgardo Ramírez, al frente del Ministerio de

Educación Universitaria, quién, atacó ferozmente a los Fondos de Jubilaciones; siguió en el año 2013, con la puesta en marcha del paralelismo sindical, el desconocimiento de la representación gremial del FAPUV y la aprobación de la Primera Convención Colectiva Única del Sector Universitario, con la cual se sepulta la convención colectiva interna y se hiere de muerte a los institutos de previsión social del profesorado universitario, se suspenden los aportes federativos para salud y previsión social y se crea el Sistema Integrado de Salud de los Trabajadores y Trabajadoras Universitarios (SISMEU), que devino, rápidamente, en fuente de corrupción, rotundo fracaso y gran engaño previsional de una comunidad universitaria, que, en conjunto, profesores, empleados, obreros y familiares, puede sumar un millón de personas.

En la IV Convención Colectiva Única, 2018, se anuncia la creación del Instituto Nacional de Previsión Social, medidad, que, de haberse hecho efectiva, hubiese liquidado a todos los institutos de previsión social. Ahora, viene la vencida. El gobierno,posiblemente, en búsqueda de clientela electoral, se inventó una póliza de HCM, contratada con una empresa de seguros, con muy poca tradición de efectividad asegurado, con cobertura de 5.000 dólares y otros beneficios adicionales, vigente a partir del 01-02-2024, sin contribución directa; pero, el colectivo amparado desconoce el procedimiento para hacerla efectiva. Solo la información, especie de aviso, ha circulado. Al acudir los beneficiarios de la póliza a las clinicas indicadas, la respuesta es de un total desconocimiento. Ojalá, no ocurra lo mismo que con el SISMEU.

La cobertura en referencia, sin estar ajustada a la realidad del sector salud en Venezuela, con costos prohibitivos, es muy superior a las existentes en los institutos de previsión, oscilantes entre 500 0 600 dólares, lo que coloca a dichos institutos en situación difícil, imposibilitados de competir. Si, la póliza funciona bien y la empresa aseguradora es garante efectiva de la cobertura, significa una lápida para los institutos de previsión social del sector universitario y el fin de los mismos. Resulta extraño, por decir lo menos, que, ni las autoridades universitarias, ni los gremios y sindicatos, se hayan pronunciado sobre el particular, pues, la medida, aparentemente, sin erogación personal por parte de los afiliados, significa la desaparición de los regímenes contributivos directos, tal es el caso de los institutos y, en el caso del IPP.UCV, se replantearía el tema de la Caja de Ahorros como fuente de financiamiento de la previsión social del profesorado ucevista.

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