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GRAN INDISCIPLINA EN EL TRÁNSITO AUTOMOTRIZ Y PEATONAL



 Absalón Méndez Cegarra

Venezuela había dado pasos agigantados en materia de comportamiento ciudadano. Las ciudades fueron trazadas siguiendo pautas urbanísticas externas que dieron al territorio nacional y a los asentamientos de población visos de modernidad.

El auge petrolero hizo desaparecer las vías férreas que cubrían gran parte del territorio nacional y en su sustitución apareció la red de carreteras y autopistas y junto con ella la masificación de vehículos de carga, pasajeros y particulares.

El tránsito automotriz, como toda nueva acción humana, requirió de normas reguladoras que lo hicieran posible. Surgen las normas de tránsito y la señalización correspondiente: escuelas de manejo, exámenes para obtener títulos y licencias para conducir cada tipo de vehículo (bicicletas, motocicletas, taxis, vehículos particulares y de carga), identificación de vehículos, conductores uniformados, certificación médica, etc. Se constituyó un cuerpo especializado (Fiscales de Tránsito) y las ya inexistentes Inspectorías de Tránsito. Calles y avenidas fueron dotadas de semáforos o, en su defecto, puestos de vigilancia, demarcación de pasos peatonales, paradas para el uso de transporte público y distinción por colores de los vehículos de transporte público para facilitar su uso por personas analfabetas.

El examen para obtener el título o licencia para conducir exigía al solicitante un cierto conocimiento sobre las normas reguladoras del tránsito y, de manera muy importante, sobre las señales de tránsito. El incumplimiento de dichas normas suponía el establecimiento de sanciones, las famosas boletas de tránsito, impuestas por los vigilantes, las cuales se cancelaban al momento o aparecían como deuda en la ocasión de la matriculación del vehículo.

Estos avances legislativos y prácticas de control del tránsito de vehículos fueron creando en el venezolano cultura ciudadana, civilidad, respeto por la norma y responsabilidad ante el riesgo de conducir un vehículo, susceptible de producir daños a terceros, personas y cosas, origen de los seguros de vehículos y del seguro de responsabilidad civil que, en Venezuela, se ha distorsionado por completo, por cuanto el responsable por daños a terceros es el conductor no el vehículo, por eso su nombre adecuado: responsabilidad civil. Los bienes no responden civilmente, lo hacen las personas.

Pero, de un tiempo a esta parte, lo logrado en materia de civilidad vial se ha venido al suelo por diferentes motivos. Entre otros los siguientes: a) Estado de la vialidad. Autopistas, carreteras urbanas y rurales, calles y avenidas se encuentran en estado ruinoso. No hay una sola vía por la cual se pueda transitar con tranquilidad sin ocasionar daños al vehículo. Organismos como Hidrocapital no cumplen con lo establecido en el artículo 155 de la Ley de Tránsito Terrestre sobre reparación de vías. b) Obsolescencia del parque automotor. El parque automotor de Venezuela es muy viejo por lo que es frecuente los accidentes de tránsito que obstaculizan la circulación y, ahora, se suma, los accidentes por falta de combustible. c) Ausencia de señalización. Semáforos en mal estado, inexistencia de paradas de pasajeros, irrespeto de los conductores transportistas de pasajeros al recoger y dejar pasajeros en cualquier lugar, con el riesgo de accidentes que tal cosa supone. d) Inobservancia de las señales de tránsito por la mayoría de los conductores, lo que incluye los cuerpos de policía y de militares. Este hecho se ha incrementado después de la pandemia del COVID- 19. Durante la pandemia el tránsito vehicular disminuyó considerablemente, motivo por el cual los conductores no respetábamos la señalización ni de día ni de noche. Pues, la costumbre se hizo ley. Nos acostumbramos a seguir haciéndolo, lo que causa graves problemas en la circulación, insultos y demás. Si a alguien se le ocurre dárselas de “buen ciudadano”, y detenerse ante la luz roja del semáforo, preparase, pues, la progenitora es la primera que sale a relucir. e) La conducta de los nuevos policías de tránsito. Ellos no se ocupan de mejorar la circulación, se ocupan es de matraquear y extorsionar a los conductores que cometen o no infracciones de tránsito. Ellos están equipados con un discurso extorsionador y, como cosa curiosa, las mujeres policías exceden en extorsión a los hombres policías. Nada que ver con las causales de sanciones graves que establece la Ley de Tránsito. Eso no importa. Conviene es la mordida. f) La conducta peatonal. Los peatones, tampoco, respetan los rayados o pasos peatonales, las luces de los semáforos, ni rejas, barandas y separadores de vía, cruzan por donde primero pueden sin importar nada. Resulta curioso ver en avenidas de Caracas donde se han instalado barandas para evitar cruzar de una vía a otra, como las destruyen tan pronto son colocadas para continuar el pasadizo de personas indebidamente ante los ojos del público y de los cuerpos policiales y militares

Hemos dejado para el final tres situaciones especialmente graves que trastocan y enloquecen la circulación vehicular. Una, la proliferación de motocicletas. Dos, el transporte de personas en vehículos no acondicionados para ello y prohibidos por la Ley. Y, tres, la instalación de medios publicitarios.

Las motocicletas son vehículos muy versátiles con grandes facilidades de circulación y desplazamiento por cualquier vía. Pero, ello no significa que no deben respetar las normas de tránsito. En los países en donde ha proliferado este tipo de vehículos se destina un canal de circulación exclusivamente para ellos. Es obligatorio un determinado tipo de casco protector y la obtención de una póliza de seguro cuyo destino es el de garantizar la asistencia médica hospitalaria que causan los accidentes de motorizados, lo que no ocurre en Venezuela. En hospitales como el Miguel Pérez Carreño, se destinan alas del hospital solo para atender a los motorizados y, ellos mismos, han bautizado esos pabellones con la marca de las motos. El tránsito de los motociclistas es causante de múltiples accidentes y de angustia de conductores y transeúntes. A esto hay que ponerle reparo de inmediato.

El transporte de personas en vehículos no apropiados constituye una abierta violación a la Ley de Transporte Terrestre. Y, lo más grave, es que quienes incurren en este tipo de falta son los cuerpos policiales, militares y los organismos públicos.

La instalación de medios publicitarios en autopistas. El artículo 91 de la Ley de Transporte Terrestre, prohíbe expresamente que se coloque en puentes y viaductos medios publicitarios como los recientemente instalados en la autopista Francisco Fajardo, hoy, Gran Cacique Guaicaipuro.

La Ley en Venezuela es simple hoja de papel.

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