HUMILLACIÓN SALARIAL
Absalón Méndez Cegarra
La
inflación galopante que experimenta la economía de mercado en
Venezuela, producto de las erráticas e improvisadas medidas
económico-financieras adoptadas por el gobierno nacional, sumado a ello,
la corrupción administrativa, el robo descarado de los dineros
públicos, el control oficial como mecanismo de extorsión y la
especulación, han erosionado por completo las fuentes de ingresos fijos
de la población, cualquiera sea su origen; pero, de manera especial, la
que proviene de la remuneración al trabajo, es decir, los sueldos y
salarios que perciben los trabajadores, los cuales no pueden ser
considerados como tales dado el escaso poder de compra que ellos tienen
en el presente.
En la Venezuela actual, no hay un salario, por
alto que sea, que soporte el índice inflacionario, que decir, de los
salarios que percibe más del 80% de la fuerza de trabajo ocupada en el
sector formal de la economía, incluyendo, por supuesto, a los
trabajadores al servicio del Estado, y, como parte de ellos, los
miembros del personal docente y de investigación de las universidades
nacionales, cuyo salario no sobrepasa los 2 salarios mínimos.
La
cesta o canasta básica, cuyo costo se toma como indicador de referencia
para medir la situación del país, la calidad de vida de la población,
particularmente, los gastos familiares por concepto de alimentación y
otros rubros personales y del hogar, según datos publicados en la prensa
nacional, alcanza a Bs. 32.023,51, lo que significa, que, para cubrir
este costo se requiere un total 4,5 salarios mínimos, cifra muy
inferior a la que recibe la población trabajadora asalariada, es decir,
menos de 2 salarios mínimos.
En el periódico digital “Aporrea”,
según los entendidos, afecto al gobierno nacional, en fecha 07-02-2015,
el profesor Luis Ramos, publicó un interesante artículo, sobre: ¿Cuál
debería ser el salario de un profesor universitario venezolano? El
articulista, comienza por admitir la realidad de los bajos salarios en
el país; pero, luego, cuestiona la posición gremial universitaria de
exigir salarios comparados a los que obtienen sus pares en las grandes e
importantes universidades del exterior. Hemos señalado en otras
oportunidades, que las comparaciones son inconvenientes, sobre manera si
se utilizan variables e indicadores no comparables. Ciertamente, es
posible, que los requisitos exigidos para ser profesor e investigador en
una universidad prestigiosa del exterior, sean más exigentes que en la
nuestra, razón por la que se justifica la diferencia de sueldos; pero,
el en mismo autor del artículo admite, que, tales requisitos, son
equivalentes a los que se exigen en Venezuela para ser profesor titular.
Un profesor, en Estados Unidos o Canadá, dice el autor del artículo,
percibe un salario mensual de US $ 10.000,00; y, en Alemania, de 7.900
euros mensuales. Ahora bien, en Venezuela, con el mal llamado ajuste
del año 2015, no, otra cosa, que, la revisión del salario mínimo, que la
Constitución y la Ley ordenan al Ejecutivo Nacional realizar
anualmente; pero, que, en esta ocasión, a diferencia del pasado, fue
aplicada a toda la escala salarial del sector público, el salario
mensual de un profesor titular a dedicación exclusiva, según tabla
oficial,
alcanza la cantidad de Bs 19.886,00, que representa el
30% de aumento, es decir, el punto más bajo de una banda salarial de
ajuste que oscila, para el personal docente, de 54,5%, para el profesor
con categoría de Instructor y 30% para el profesor de mayor escalafón
académico, profesor Titular. Este porcentaje indicado se aplicó al
salario recibido en el año 2014, lo que significa que a mayor categoría
académica, menor remuneración, tesis coherente con el falso
igualitarismo que se trata de imponer como política gubernamental, es
decir, tratar igual, lo que es desigual. Ahora bien, este salario, al
parecer abultado, un poco más de 2 salarios mínimos, equivale a la
irrisoria suma de US$ 32,28 y a 29,48 euros mensuales, US $1,08 diarios y
0,98 euros diarios; es decir, que, el profesor de mayor escalafón
universitario en Venezuela es un pobre de solemnidad, a quien es
necesario pedirle una declaración de pobreza como sucede en algunos
países y sucedía, también, en la Venezuela de antaño, en la que se
exigía capacidad económica para votar y desempeñar algunas actividades
públicas. La ONU considera en pobreza extrema, es decir, indigente, a
toda persona cuyo ingreso no sobrepase los US $ 2 diarios.
Este
ingreso mensual y diario, el cual, mal puede denominarse salario,
pensamos, que no llega ni a limosna, menos aún, ingreso digno y
suficiente, como debe ser según la Constitución y la Ley, el salario de
los trabajadores, es, en efecto, el ingreso de un profesor
universitario, a quien la Constitución, en su artículo 104, establece
que el Estado le garantizará “un régimen de trabajo y nivel acorde con
su elevada misión”. Esta es la situación gravísima de la compensación
salarial del profesorado universitario ordinario o activo; humillante,
sin duda alguna; pero, peor, es la de los profesores jubilados y
pensionados, a quienes diariamente se busca excusas y argumentos para
escamotear sus derechos. La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad
Social, establece, en su artículo 68 (LOSSS, 2002), que: “Las pensiones
mantendrán su poder adquisitivo constante”. Esto significa que el monto
de las pensiones (jubilación, vejez, sobrevivencia) debe ajustarse
periódicamente, según la pérdida del poder adquisitivo del signo
monetario, lo que ha sido traducido, en la contratación colectiva
universitaria y en otros instrumentos jurídicos, , bajo la fórmula de
igualar el monto de las pensiones al sueldo o salario del personal
ordinario, incluidos, los beneficios económico-sociales que
correspondan, razón por la que es exigible que el monto de la pensión
comprenda, por separado, ambos conceptos, para evitar su debilitamiento
en el tiempo.
En estos momentos, en los que se negocia la II
CCU, es necesario que los gremios estén vigilantes, no sólo del
mejoramiento de las condiciones de vida del personal activo, también, de
manera importante, de las personas que entregaron su vida a la
docencia, investigación y extensión universitaria. Los universitarios,
por respeto a nuestra dignidad humana y académica, no podemos ni debemos
admitir más humillación salarial.
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