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¿CUÁNTAS CONSTITUCIONES TENEMOS?



                                               
                                             ¿CUÁNTAS CONSTITUCIONES TENEMOS?

                                                                                                                        Absalón Méndez Cegarra

Resultado de imagen para constituciones de venezuelaLa pregunta que sirve de título a este artículo no es ingenua ni revela ignorancia. Nos fue hecha por un ciudadano de a pie, común y corriente, de ocupación plomero, para más señas, en fecha reciente, a propósito de todo lo acontecido después de las elecciones del 6 D, 2015, y de la posterior y traumática instalación de la nueva Asamblea Nacional. Quien piense que el venezolano no se da cuenta y no concede importancia a lo  que hace la dirigencia política, está muy equivocado. El pueblo de Venezuela es sabio y ha madurado políticamente. Ya, resulta difícil de engañar. La mejor prueba la tenemos con los resultados de las elecciones parlamentarias. El pueblo le dijo basta a un  gobierno nacional mentiroso y demagogo, que, sin escrúpulo alguno, quería fidelidad a la marca revolucionaria bolivariana, sometiéndolo a la más salvaje humillación y vejación, al mismo tiempo que lo condenaba a padecer la más cruel hambruna.
En el momento que recibimos la inesperada pregunta, quedamos fuera de foco. De inmediato, no encontramos que responder. Cualquier respuesta era un sin sentido. Nos tomamos unos minutos para analizar la pregunta y vino a la  memoria las lecturas sobre Derecho Constitucional (Ambrosio Oropesa, Humberto J.  La Roche, Ferdinand Lassalle,  Paolo Biscaretti Di Ruffia,  entre otros) y, sobre todo,  las clases magistrales  del insigne Doctor José Guillermo Andueza, profesor de Derecho Constitucional, Ex Ministro de Justicia, Consultor Jurídico del Congreso de la República, jurista de primera línea y venezolano ejemplar. Recordamos que una vieja clasificación de la Constitución Política de los Estados es la que distingue entre Constitución Escrita y Constitución no Escrita; pero, al unísono asomó en el recuerdo la clasificación, más atinente a la pregunta,  del viejo socialista Ferdinand de Lassalle, la que diferencia entre Constitución Formal, “hoja de papel” y Constitución Real, efectiva, la que crean y aplican los factores reales de poder. La verdadera y auténtica Constitución. El traje a la medida de los intereses en juego.  Armados con esa información procedimos a responder la pregunta. En verdad, amigo, usted tiene toda la razón. En Venezuela no existe una sola Constitución vigente. Existen múltiples  Constituciones. La Constitución formal, escrita, vigente, originaria, producto de la Asamblea Nacional Constituyente, 1999, es una “hoja de papel”, que sirve para todo, es un producto de exhibición y muy adecuada para hilvanar discursos y engañar incautos.  Las demás Constituciones, las verdaderas, la reales, las que responden a particulares intereses son las que han salido a flote para explicar la situación política que estamos viviendo los venezolanos; para invalidar la voluntad popular expresada en las urnas electorales; eliminar la separación orgánica de los poderes y crear una “dictadura constitucional”; deslegitimar la Asamblea Nacional como la expresión y representación genuina del pueblo  soberano, por consiguiente, la más importante rama del Poder Público Nacional, pues, se trata de un Poder que tiene  su legitimidad y legalidad en  la voluntad popular. Vino, también, a la memoria, las Teorías sobre el Estado. El Estado como institución histórica, política y jurídica es una creación social, un producto social, creado por el Derecho y, al mismo tiempo, el Derecho es creación del Estado. Esta es la razón de ser del Estado. Justificación del Poder Político. Un Estado terrenal, creado por los hombres, no de origen divino. Un Estado Moderno, liberal, burgués, de Derecho, que nace con la Revolución Francesa, fundado en el principio de legalidad, dentro de la ley todo, fuera de la ley nada; pero, que, evoluciona con el tiempo, sobre todo en atención a la aparición del Estado Socialista, de ahí los apellidos que ha ido adquiriendo este Estado con el correr de los años: Estado de Derecho;  Estado Social de Derecho; Estado Social, Democrático y de Derecho; y, finalmente, nuestra creación jurídico-constitucional: Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. Esta ha sido, hasta ahora, la evolución del Estado Capitalista.
Ahora bien, a los constituyentes de 1999, o, a algunos de ellos, para ser precisos,  se les olvidó prontamente lo que dejaron asentado en el texto constitucional. Cada uno de ellos tiene una interpretación particular del contenido normativo de la Constitución. La Constitución no dice lo que está escrito y lo que se entiende según  “el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras”  como lo indica el Código Civil de Venezuela, en su artículo 4, sino lo que cada interesado quiere que diga. La Sala Constitucional del TSJ, cuando le interesa, dice que la Constitución es clara. No hay nada que interpretar. Cuando la interpretación es solicitada por el gobierno nacional o por el PSUV, entonces, el texto es confuso, hay que aclarar- interpretar dicen los magistrados-, con lo cual se dicta una norma nueva, es decir, otra Constitución. El propio diputado  constituyente a quien le correspondió dirigir la Comisión Constitucional en 1999, cuando se aleja del gobierno, dice una cosa y, cuando es atraído, nuevamente, se atreve a pontificar señalando que los criterios de interpretación de la Constitución son distintos a los criterios de interpretación de otras leyes. ¡Vaya jurisconsulto!
Últimamente han salido abogados constitucionalistas, expertos constitucionalistas, hasta debajo de las piedras. Cada uno tiene su interpretación de los artículos de la Constitución y la utiliza a conveniencia. La Asamblea Nacional, en particular, la bancada oficialista, integrada, por lo general, por neófitos en materia jurídica y legislativa, por “penalistas” que dan pena, como dijo el actual Presidente de la Asamblea Nacional, se la dan de doctos en materia constitucional y se atreven a interpretar el texto constitucional con lo que su retorcida mente les produce, sin importar la serie de disparates que lanzan a los cuatro vientos, y,  algunos diputados  son tan pendencieros y prepotentes que  tratan de impresionar a no se sabe quien con frases en latín y a señalar que la Asamblea Nacional tiene legitimidad de origen- constitucional- pero, puede perderla porque carece de legitimidad de ejercicio, es decir, esta nueva Asamblea Nacional, no es un Poder Autónomo, autónomos e independientes son las cuatro restantes ramas del Poder Público Nacional, con lo cual se comienza a construir la tesis “jurídica” que dará al traste con la actual Asamblea Nacional, si es que el pueblo que votó por ella lo permite.
Amigo plomero,  su sapiencia popular es más ilustrada que la de muchos doctos en leyes. En Venezuela, ciertamente, no se  sabe cuántas Constituciones tenemos, lo que sí sabemos es que la de 1999, está convertida, simplemente, en una “hoja de papel”.

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