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TRABAJADORES DE TERCERA CATEGORÍA

                                        TRABAJADORES DE TERCERA CATEGORÍA
                                                                                                                   Absalón Méndez Cegarra
     Los miembros del personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales o, de algunas de ellas, para ser exactos, han pasado a ser, por obra y gracia del gobierno de Nicolás Maduro, trabajadores de tercera categoría, tal es el grado de precarización laboral al que han sido sometidos durante los últimos años.
     En el pasado reciente, en la mal llamada IV República, los profesores universitarios, mediante largas y cruentas jornadas de lucha gremial, lograron arrancarles a sus empleadores un conjunto de reivindicaciones importantes que mejoraron las condiciones generales de trabajo y las condiciones de vida. La Ley de Universidades, primero, luego, la Contratación Colectiva y las Normas de Homologación, rápidamente se convirtieron en instrumentos legales contentivos de logros como el derecho a la jubilación, al pago de prestaciones sociales, bono vacacional, bono de fin de año, primas por hogar, por nacimiento de hijos, por cargo, aportes para previsión social, para el cuidado de salud y, otras, más. Los profesores universitarios, por varios años, se contaban entre los trabajadores mejor pagados del país, envidia y referencia de otros sectores laborales, inclusive, de los miembros de las Fuerzas Armadas Nacionales, quienes vinieron a obtener, por ejemplo, el derecho a cobrar prestaciones sociales muy tardíamente, gracias al Trabajo de Grado de un Coronel para la fecha, de apellido Zerpa, alumno del Área de Postgrado en Seguridad Social de la Universidad Central de Venezuela.
     En el año 2004, el Presidente Chávez, quien había recibido gran apoyo del sector universitario y muchos de sus colaboradores eran profesores universitarios, dejó de cumplir con las Normas de Homologación y, de ahí, en adelante, cada uno de sus ministros de Educación y de Educación Universitaria, cumpliendo, posiblemente, una orden superior, se convirtieron en enemigos a ultranza de los profesores universitarios, tal es el caso de Samuel Moncada y Edgardo Ramírez.
     En el año 2013, el Ministro de Educación Universitaria del momento, con el apoyo de una falsa dirigencia sindical oficialista, tuvo la peregrina idea de convocar una Reunión Normativa Laboral para proceder a elaborar una Convención Colectiva Única para todos los Trabajadores y Trabajadoras del Sector Universitario. La primera Convención Colectiva Única, 2013-2014, venció sin que buena parte de sus cláusulas se cumplieran. La segunda Convención Colectiva Única, 2015-2016, igualmente, venció, con más pena que gloria; y, la tercera Convención Colectiva 2017-2018 se fue poco a poco evaporando hasta extinguirse por completo. Hoy, día, nadie sabe nada de dicha Convención, razón por la cual los profesores hemos debido voltear la mirada hacia la Contratación Colectiva interna; pero, resulta, que esta Contratación está obsoleta, atrasada, fuera de realidad. Una de las más recientes, es la que regula las relaciones laborales entre los profesores de la Universidad Central de Venezuela, representados por la Asociación de Profesores (APUCV) y la UCV, la misma data de 1987.
    Los profesores universitarios, posiblemente, respondiendo a criterios históricos, cuando ser profesor universitario era signo de distinción y categoría, no se atrevieron a mirarse como lo que eran y somos en la actualidad, simples trabajadores subordinados y asalariados. Por eso, nuestra Contratación Colectiva es sumamente débil en conquistas laborales comparada con las Contrataciones Colectivas que regulan a otras categorías de trabajadores universitarios., lo que, hoy,
contribuye a pauperizar más al docente universitario. A título de ejemplo, al estudiar la maqueta que las Universidades están obligadas enviar a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) para recibir el dozavo presupuestario observamos, que, los profesores no tienen derecho a primas de antigüedad, jerarquía o responsabilidad en el cargo, pago por horas extraordinarias o sobre tiempo, gastos de representación, bono nocturno, pago de días feriados, becas, ayudas por matrimonio, nacimiento de hijos, ayudas por medicinas, gastos médicos, prima por transporte y movilización, vestido, reconocimiento de antigüedad en el sector público y del servicio militar obligatorio para efectos de jubilación y pago de prestaciones sociales. Es decir, beneficios socio-económicos, unos, con efectos salariales y, otros, no, que mejoran las condiciones de vida de los trabajadores. Negarles a los profesores universitarios este tipo de beneficios es condenarlos a la condición absurda de trabajadores de tercera categoría, algo inadmisible.

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