TRABAJADORES DE TERCERA CATEGORÍA
Absalón Méndez Cegarra
Los miembros del
personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales o,
de algunas de ellas, para ser exactos, han pasado a ser, por obra y
gracia del gobierno de Nicolás Maduro, trabajadores de tercera
categoría, tal es el grado de precarización laboral al que han sido
sometidos durante los últimos años.
En el pasado reciente, en la
mal llamada IV República, los profesores universitarios, mediante largas
y cruentas jornadas de lucha gremial, lograron arrancarles a sus
empleadores un conjunto de reivindicaciones importantes que mejoraron
las condiciones generales de trabajo y las condiciones de vida. La Ley
de Universidades, primero, luego, la Contratación Colectiva y las Normas
de Homologación, rápidamente se convirtieron en instrumentos legales
contentivos de logros como el derecho a la jubilación, al pago de
prestaciones sociales, bono vacacional, bono de fin de año, primas por
hogar, por nacimiento de hijos, por cargo, aportes para previsión
social, para el cuidado de salud y, otras, más. Los profesores
universitarios, por varios años, se contaban entre los trabajadores
mejor pagados del país, envidia y referencia de otros sectores
laborales, inclusive, de los miembros de las Fuerzas Armadas Nacionales,
quienes vinieron a obtener, por ejemplo, el derecho a cobrar
prestaciones sociales muy tardíamente, gracias al Trabajo de Grado de un
Coronel para la fecha, de apellido Zerpa, alumno del Área de Postgrado
en Seguridad Social de la Universidad Central de Venezuela.
En el
año 2004, el Presidente Chávez, quien había recibido gran apoyo del
sector universitario y muchos de sus colaboradores eran profesores
universitarios, dejó de cumplir con las Normas de Homologación y, de
ahí, en adelante, cada uno de sus ministros de Educación y de Educación
Universitaria, cumpliendo, posiblemente, una orden superior, se
convirtieron en enemigos a ultranza de los profesores universitarios,
tal es el caso de Samuel Moncada y Edgardo Ramírez.
En el año
2013, el Ministro de Educación Universitaria del momento, con el apoyo
de una falsa dirigencia sindical oficialista, tuvo la peregrina idea de
convocar una Reunión Normativa Laboral para proceder a elaborar una
Convención Colectiva Única para todos los Trabajadores y Trabajadoras
del Sector Universitario. La primera Convención Colectiva Única,
2013-2014, venció sin que buena parte de sus cláusulas se cumplieran. La
segunda Convención Colectiva Única, 2015-2016, igualmente, venció, con
más pena que gloria; y, la tercera Convención Colectiva 2017-2018 se fue
poco a poco evaporando hasta extinguirse por completo. Hoy, día, nadie
sabe nada de dicha Convención, razón por la cual los profesores hemos
debido voltear la mirada hacia la Contratación Colectiva interna; pero,
resulta, que esta Contratación está obsoleta, atrasada, fuera de
realidad. Una de las más recientes, es la que regula las relaciones
laborales entre los profesores de la Universidad Central de Venezuela,
representados por la Asociación de Profesores (APUCV) y la UCV, la misma
data de 1987.
Los profesores universitarios, posiblemente,
respondiendo a criterios históricos, cuando ser profesor universitario
era signo de distinción y categoría, no se atrevieron a mirarse como lo
que eran y somos en la actualidad, simples trabajadores subordinados y
asalariados. Por eso, nuestra Contratación Colectiva es sumamente débil
en conquistas laborales comparada con las Contrataciones Colectivas que
regulan a otras categorías de trabajadores universitarios., lo que, hoy,
contribuye a pauperizar más al docente universitario. A título
de ejemplo, al estudiar la maqueta que las Universidades están obligadas
enviar a la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU)
para recibir el dozavo presupuestario observamos, que, los profesores no
tienen derecho a primas de antigüedad, jerarquía o responsabilidad en
el cargo, pago por horas extraordinarias o sobre tiempo, gastos de
representación, bono nocturno, pago de días feriados, becas, ayudas por
matrimonio, nacimiento de hijos, ayudas por medicinas, gastos médicos,
prima por transporte y movilización, vestido, reconocimiento de
antigüedad en el sector público y del servicio militar obligatorio para
efectos de jubilación y pago de prestaciones sociales. Es decir,
beneficios socio-económicos, unos, con efectos salariales y, otros, no,
que mejoran las condiciones de vida de los trabajadores. Negarles a los
profesores universitarios este tipo de beneficios es condenarlos a la
condición absurda de trabajadores de tercera categoría, algo
inadmisible.
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