Absalón Méndez Cegarra
En Venezuela, el día 8 de
diciembre del corriente año, tendrá lugar el acto de votación para elegir
Alcaldes y Concejales Municipales, quienes sustituirán a los actuales cuyos
períodos legales de ejercicio están largamente vencidos.
Según algunos articulistas de
opinión se trata de una elección más. Algo común en Venezuela. Durante los
últimos 15 años, no transcurre un diciembre sin comicios electorales para algo.
Tal hecho hace pensar en un país en
extremo democrático, lo que al parecer no es una apreciación correcta, porque
tanto unos como otros, cuando el resultado electoral les resulta adverso, pasan
la factura al árbitro electoral poniendo al descubierto miles de
irregularidades. Para otros opinadores, la presente elección es una suerte de
referéndum, un acto decisivo para el presente y futuro del país. Esta elección
dirá muchas verdades, entre otras, quien ganó las elecciones de abril del año
2013 y a cuánto asciende el caudal electoral de los rojos y de los
multicolores. Otra verdad que saldrá a
flote es la que tiene que ver con el carácter unitario de las facciones en
pugna. En el sector oficial la unidad es forzada y no es monolítica. Tampoco,
hay obra de gobierno que convoque la voluntad popular y el portaviones
electoral ha muerto. Por el contrario, en la facción que se hace llamar
opositora, las cosas no andan mejor. La mesa de la unidad sigue siendo una
esperanza para aglutinar voluntades, más allá de las fronteras partidistas. Los
partidos políticos que la conforman, vestigios de un pasado glorioso en materia
de triunfos, ya no gozan del apoyo popular. Lo que se impone, en este momento,
es que los partidos se deslastren de ese pasado, dejen a un lado la soberbia y
la mezquindad, lean correctamente la
realidad política nacional, admitan sus errores y se confundan con la
masa-pueblo para luchar juntos por una Venezuela, mejor, una Venezuela posible,
de todos y para todos, un país de paz y de bienestar. Es inadmisible, la
lección de fraccionalismo que la mesa de la unidad está dando al país en
Municipios como El Hatillo, Estado Miranda, o, lo que se avizoraba en El Municipio Libertador, con la
participación de más de dos candidatos de oposición para frenar un coloso
electoral, como el actual Alcalde, dueño y señor del mundo electoral
venezolano.
Venezuela, ha decidido desde hace
mucho tiempo que los cambios políticos necesarios y posibles deben alcanzarse
por la vía electoral. Las elecciones de Alcaldes y Concejales Municipales es,
sin duda alguna, una aceptación-reivindicación de la descentralización como
modelo organizativo de la actividad del
Estado venezolano. De no ser así, carecen, totalmente, de importancia y
significación.
El Poder Público en Venezuela, en
conformidad con las disposiciones de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CTBV), se divide en Poder Público Nacional; Poder Público Estadal; y, Poder Público
Municipal. Esta división del Poder Público, refiere, aunque se niegue, a la
condición de Venezuela como Estado Federal. Ilustres constitucionalistas, como
el Doctor Ambrosio Oropesa, entre otros, ha dicho en una de sus obras escritas, que: “Venezuela
es un Estado Centralista con ribetes Federales”. Y, efectivamente, es, así, el
federalismo, a decir de la propia Constitución es una simple referencia porque
la vocación de los gobernantes venezolanos es el centralismo; pero, ante esta
realidad hay que hacer valer una circunstancia muy importante, el federalismo
para el gobierno actual es una de las raíces que le sirven de base de
sustentación política e ideológica. Ezequiel Zamora y su guerra federal, junto
con Simón Bolívar y el ilustre maestro Don Simón Rodríguez, conforman el árbol
de las tres raíces que enarboló y enarbola la “revolución bolivariana”; por
consiguiente, el federalismo tiene protagonismo destacado y se requiere hacerlo
efectivo.
El Poder Municipal, el Municipio,
lo define la CRBV, artículo 168, así: Los Municipios constituyen la unidad
política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y
autonomía dentro de los límites de esta
Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende: 1. La elección de
sus autoridades. 2. La gestión de las materias de su competencia. 3. La
creación, recaudación e inversión de sus ingresos (…) Los actos de los
Municipio no podrán ser impugnados sino ante los tribunales competentes, de
conformidad con esta Constitución y con la ley”.
Si el Municipio es la base, la
célula primaria de la organización política nacional, es, por tanto, la persona
jurídica menor más importante dentro del ordenamiento jurídico venezolano en
cuanto se refiere a la distribución del poder político, por lo que no se
explica el trato indiferente, hasta despreciativo, que el gobierno central
confiere a la entidad municipal y la actitud sumisa que Alcaldes y Concejales
Municipales mantienen frente al gobierno central, inclusive, alterando expresas
disposiciones constitucionales, relacionadas con su personalidad jurídica y su
autonomía, al marginarlos a favor de, por ejemplo, las “comunas”, las cuales
podrán tener fundamento legal; pero, no constitucional.
Los resultados electorales del 8
de diciembre podrán alimentar o no el fortalecimiento de la descentralización
territorial en nuestro país. Si el triunfo se reparte por igual en número de
Alcaldes y Concejales Municipales o en
proporciones cercanas, Alcaldes y Concejales, opositores y no opositores, deben conformar un frente común, una masa
crítica, para oponerse, con fundamento constitucional y legal, al Poder Público
Nacional. El Municipio no puede seguir siendo el pariente pobre de la
organización política nacional, toda vez que es su parte fundacional más
importante.
Lo dicho por algunos personeros
gubernamentales sobre la desaparición del Municipio y su sustitución por las
“comunas” debe ser rechazado contundentemente por la opinión pública nacional,
y, si esa es la intención gubernamental sería un gran irrespeto al elector
venezolano, al convocarlo a una elección
que tiene, en su fuero interno, la intención de colocar la lápida al gobierno
municipal.
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