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Mostrando entradas de febrero, 2023
DOS REGLAMENTOS PARA REGULAR UN MISMO PROCESO ELECCIONARIO Absalón Méndez Cegarra El Consejo Universitario (CU) de la Universidad Central de Venezuela (UCV) remitió, vía reglamento, una braza ardiente a la Comisión Electoral (CE.UCV). En el artículo 12 del Reglamento Electoral Transitorio (RET), el cual, se supone, acatando el dispositivo del artículo 34.3 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) y de las sentencias 104 de la Sala Electoral y 0324 de la Sala Constitucional del TSJ, es el nuevo Reglamento, cuya elaboración se ordenó en el año 2011 y se ratificó dicha orden en el año 2019, es el instrumento jurídico que regirá el proceso de elecciones universitarias (UCV), programado para el día 26 de mayo del corriente año. Ahora, resulta, que, no es así, pues, en el Primer Boletín de la CE, (Boletín 001/2023- Convocatoria), se advierte lo siguiente: “Este proceso electoral se regirá según las regulaciones establecidas en el reglamento transitorio publicado en Gaceta Universitaria extraord
ELECCIONES UNIVERSITARIAS EN LA INCERTIDUMBRE Absalón Méndez Cegarra Se dice que un determinado hecho es incierto cuando no hay seguridad y firmeza que dicho hecho ocurra en el tiempo y bajo las condiciones esperadas. Las elecciones universitarias programadas para su realización el próximo 26 de mayo en la Universidad Central de Venezuela (UCV) están signadas por la incertidumbre. Los causantes de tal situación son un Consejo Universitario (CU),es decir, la máxima autoridad universitaria y una comunidad universitaria apática, indiferente, desarraigada de la institución y resignada a que cualquier cosa puede suceder. Resulta importante recordar el por qué en la UCV desde hace ya largos 12 años no se ha podido ejercer la autonomía, al menos administrativa, organizativa, la cual consiste en el establecimiento por parte de la UCV de sus propias formas de gobierno, para lo cual el legislador patrio de 1958, al sancionar la Ley de Universidades (LU), con su reforma de 1970, instituyó entre l
ASEGURAMIENTO PRIVADO Y SEGURIDAD SOCIAL Absalón Méndez Cegarra El aseguramiento de cosas, bienes y personas está considerado en la legislación venezolana como un acto de comercio. Las compañías de seguro son sociedades mercantiles que tienen por objeto asumir, mediante contratos formales (contrato de seguro), la cobertura de determinados riesgos a los que pueden estar expuestos bienes inmuebles (incendio de edificaciones, por ejemplo), bienes muebles (vehículos), cosas (cosechas) y personas (seguros de vida en caso de vida o seguros de vida en caso de muerte), lo que en lenguaje asegurador se denomina ramas de seguro. El contrato de seguro es oneroso y vincula o relaciona a tres elementos fundamentales, a saber: El tomador de la póliza de seguro, que puede ser, también, el beneficiario; el objeto, cosa o bien asegurable; y, el responsable del aseguramiento, la empresa de seguro, el asegurador, quien asume, socializa, el riesgo de ´pérdida, destrucción o daño del objeto asegurable, a c
 DERECHO A LA PARTICIPACIÓN IGUALITARIA EN ELECCIONES DE LA UCV Absalón Méndez Cegarra Con estas pomposas palabras la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar un recurso contencioso electoral interpuesto por un grupo de profesores instructores y contratados, jubilados, empleados administrativos, obreros y estudiantes, contra la publicación por parte de la Comisión Electoral de la UCV del cronograma de eventos electorales puntuales, a celebrarse a partir del año 2011 y, su aprobación por el Consejo Universitario de la UCV. Alegaron los recurrentes, en su oportunidad, que la Comisión Electoral, les había negado el derecho a participar en los procesos eleccionarios de la UCV, derecho alcanzado legalmente en el año 2009 con la promulgación de la Ley Orgánica de Educación (LOE). Ley ésta que desarrolla una nueva noción de la autonomía universitaria y, a su vez, crea unos conceptos nuevos de comunidad universitaria, distintos a los establecidos en el artículo 109 de
 SOBERBIA RECTORAL EN LA UCV Absalón Méndez Cegarra El gobierno de la Universidad Central de Venezuela (UCV), cada día, se parece más al gobierno totalitario nacional. La comunidad universitaria por acción u omisión desconoce lo que sucede al interior de la Universidad y, en especial, de las ejecutorias de sus autoridades rectorales y decanales. La profesora Cecilia García Arocha Márquez, quien desde hace 14 años ostenta el cargo de rectora, y domina los hilos del poder universitario a su real saber y entender, porque, “ le da la gana”, pues, así, califica ella su actuar universitario, se llenó de ira y se salió de sus cabales en la realización de un Foro sobre el tema electoral en la UCV, llevado a cabo el día 26 de enero, en las instalaciones de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, en el que participaron como ponentes el profesor Gustavo Izaguirre, Decano de la Facultad de Arquitectura; el profesor Humberto Angrisano, Secretario de la Comisión Electoral de la UCV; y, quien