DOS REGLAMENTOS PARA REGULAR UN MISMO PROCESO ELECCIONARIO Absalón Méndez Cegarra El Consejo Universitario (CU) de la Universidad Central de Venezuela (UCV) remitió, vía reglamento, una braza ardiente a la Comisión Electoral (CE.UCV). En el artículo 12 del Reglamento Electoral Transitorio (RET), el cual, se supone, acatando el dispositivo del artículo 34.3 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) y de las sentencias 104 de la Sala Electoral y 0324 de la Sala Constitucional del TSJ, es el nuevo Reglamento, cuya elaboración se ordenó en el año 2011 y se ratificó dicha orden en el año 2019, es el instrumento jurídico que regirá el proceso de elecciones universitarias (UCV), programado para el día 26 de mayo del corriente año. Ahora, resulta, que, no es así, pues, en el Primer Boletín de la CE, (Boletín 001/2023- Convocatoria), se advierte lo siguiente: “Este proceso electoral se regirá según las regulaciones establecidas en el reglamento transitorio publicado en Gaceta Universitaria extraord
Licenciado en Trabajo Social, Abogado, Doctor en Ciencias Sociales y Coordinador del Postgrado Integrado en Seguridad Social en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FACES) de la Universidad Central de Venezuela (UCV).