PROCESOS FUNDAMENTALES EN EL PROYECTO DE LEY DE EDUCACION
UNIVERSITARIA
Absalón Méndez Cegarra
El chavismo en Venezuela, como teoría y práctica de gobierno, ha resultado una verdadera pesadilla, de la cual ha resultado difícil despertar. Los venezolanos, no hemos logrado comprender, aunque lo sufrimos, lo que significa un partido político de orientación totalitaria, exclusivo y excluyente, en funciones de poder. Mejor y mayor conocimiento de Venezuela y de los venezolanos se tiene fuera de nuestras fronteras nacionales.
En libro de publicación reciente, 2021, de la politóloga, ex embajadora de Colombia en Venezuela y ex canciller de la República de Colombia, María Ángela Holguín, con título por demás sugestivo: “La Venezuela que viví. La historia de diez intensos años de un país que cambió para siempre”, editorial Planeta, Colombia, la autora, señala lo siguiente “(…) el chavismo no hace nada improvisado, que todo está medido, calculado, pensado y ejecutado como fue planeado. En general se piensa que la dirigencia chavista actúa sobre el día a día, pero siempre creí que no era así y que la enseñanza cubana ayudó en esa estructuración” (pp.272-273).
En efecto, es, así, y la mejor prueba de los cálculos a corto, mediano y largo plazo del chavismo, de los cuales los venezolanos no nos damos cuenta, es lo que viene sucediendo en materia de educación y, sobremanera, de educación universitaria.
Mientras los universitarios nos desgañitamos dando alaridos sobre la universidad autónoma, democrática, libre y plural, el gobierno, sin prisa, pero, sin pausa, realiza el trabajo erosivo y destructivo de la universidad venezolana para ponerla enteramente a su servicio..
Para muestra tenemos el Proyecto de Ley de Educación Universitaria y la IV Convención Colectiva Única. En el Proyecto de Ley que venimos comentando, se evidencia palmariamente el propósito gubernamental en materia educativa universitaria, el cual no es otro que su ideologización como pensamiento único, para hacer de ella un instrumento que se amolde a la formación de la sociedad socialista, en la versión socialista que tienen sus planificadores, es decir, una sociedad de borregos, dominada y subyugada por un pequeño grupo en el poder. Y, la IV CCU, pareciera ser la herramienta que viabiliza el propósito gubernamental antes expuesto.
Lo afirmado encuentra base de sustentación cuando examinamos lo que los proyectistas de la educación universitaria denominan “procesos fundamentales”. En el artículo 6 del Proyecto, se indica, que: “Los fines de la educación universitaria se alcanzan mediante la integración de los siguientes procesos fundamentales: la formación integral, la creación intelectual y la interacción con las comunidades. Estos procesos son dinámicos, interrelacionados y construidos desde un concepto de totalidad.
Veamos, ahora, cual es el significado que los proyectistas le atribuyen a cada uno de dichos procesos. El Capítulo III del Proyecto está dedicado al desarrollo de los procesos fundamentales de la educación universitaria.
Formación Integral
El artículo 47 del Proyecto, establece, que: “ La formación integral es el proceso dirigido a fortalecer el carácter integral, colectivo y solidario de las y los estudiantes; desarrollar su pensamiento creativo, crítico y transformador; interrelacionando la teoría con la práctica, la educación y el trabajo; articulando diversos saberes, conocimientos y situaciones de aprendizaje; adecuando la acción al pensamiento, tomando conciencia de los contextos histórico-sociales y las implicaciones en todas las dimensiones de la realidad, de las decisiones y prácticas profesionales, con el fin de contribuir al desarrollo sustentable y soberano del país desde el ejercicio protagónico de la soberanía popular”.
Todo un discurso vacío que encuentra concreción en las características generales de la formación integral, a saber: “2. Actitudes, valores y capacidades orientadas a la participación en el desarrollo endógeno, integral y sustentable de Venezuela en la consecución de la soberanía socio-productiva para la construcción de la Patria socialista”. A este interés es que se reduce la rimbombante formación integral. Ni siquiera se percatan de lo contradictorio del discurso.
Creación Intelectual
El artículo 49 del Proyecto, conceptualiza el segundo proceso fundamental: la creación intelectual, y, la misma “(…) comprende la construcción, gestión, transformación, socialización y aplicación del conocimiento y los saberes, los cuales son esenciales para la educación universitaria. La creación intelectual privilegia el trabajo inter y transdisciplinario desde la totalidad y el diálogo de saberes, en la interacción permanente con las comunidades, para encontrar soluciones a los problemas socio-antropológicos y físico-naturales”.
Interacción con las comunidades
El artículo 51, deja claramente planteado la esencia de lo que el gobierno aspira sea la educación universitaria. Veamos. “ Las instituciones de educación universitaria desarrollarán una relación dialéctica con las comunidades de su área de influencia territorial, con los organismos y entes del Estado, con las empresas de producción social, los movimientos sociales, las organizaciones populares, y sus proyectos colectivos, en la orientación de construir y consolidar con el pueblo y junto al pueblo, el poder popular”
Resulta fácil apreciar lo que el gobierno busca con este Proyecto de Ley y, resulta fácil, también, corroborar la afirmación de María Ángela Holguín. El gobierno, a diferencia de otros sectores, sí, sabe lo que quiere y hasta dónde quiere llegar. Y, llegará, en la medida que los venezolanos nos resignemos a acompañar la comparsa.
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