ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD
Absalón Méndez Cegarra
Absalón Méndez Cegarra
En la edición del pasado 31 de marzo del Semanario La
Razón fue publicado el artículo sobre la cobertura universal en salud;
y, el artículo de hoy, está dedicado a la otra cara de la cobertura
universal, a la realidad, es decir, al acceso de la población a los
servicios de salud. La cobertura universal es una declaración solemne,
una manifestación de un querer, de algo deseado, que puede ser; en
cambio, el acceso a los servicios de salud es otra cosa, es el
verdadero, práctico y operativo desarrollo de una política de salud en
la realidad.
El acceso a los servicios de salud y, concretamente,
a los servicios médico-odontológicos, ambulatorios u hospitalarios, lo
entendemos como la posibilidad cierta que tiene la población, en
cualquier lugar en la que se encuentre ubicada, de lograr llegar a un
centro de salud, en caso que lo requiera, sí, es que existe dicho
centro, y de ser atendido con prontitud, oportunamente y con calidad.
En
consecuencia, el acceso a los servicios de salud supone varios
aspectos. Primero, que los servicios existan, que hayan sido creados,
dotados de los insumos médicos necesarios y del personal profesional,
técnico, administrativo y de servicio necesario, según los estándares
internacionales. Segundo, que se encuentren ubicados en sitios
accesibles a la población por cualquier medio de transporte. Y, tercero,
que funcionen, según el tipo de servicio, en horarios adecuados, las 24
horas del día y los 365 días del año.
La Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela establece en sus artículos 83 y 84
que toda persona tiene derecho a la salud, el cual es un derecho
fundamental, como parte del derecho a la vida, lo que significa
universalidad; y, el Estado es el garante de la efectividad de este
derecho. Pero, este derecho, es negado continua y permanentemente por
el Estado venezolano y, también, aunque el garante, siempre es el
Estado, por los particulares o, el llamado, sub- sector privado de la
salud que el incluye el sector asegurador privado (seguros de
hospitalización, cirugía y maternidad), el cual actúa como
complementario a la actuación pública, colectiva.
El Estado
venezolano, desde el año 1936 en adelante, logró construir una
importante red de servicios dispensadores de atención médica que cubría
buena parte del territorio nacional, mediante dispensarios y medicaturas
rurales, unidades sanitarias, ambulatorios, hospitales de distintos
niveles, hospitales periféricos o de emergencia, hospitales
especializados, hospitales universitarios, servicios de higiene escolar
ambulatorios y de higiene del adulto que comprendía programas de
educación sanitaria. Esta situación sanitaria fue lo que permitió a la
población venezolana alcanzar indicadores de salud comparables a los
existentes en países desarrollados. Pero, todo ello, por acción u
omisión gubernamental, fue debilitándose, languideciendo, hasta
prácticamente reducirse a ruinas, lo que sirvió de antesala para que en
1999-2004, hiciera su entrada triunfal al país, la Misión Médica Cubana,
con su estrategia de atención primaria y la construcción de los Módulos
de Barrio Adentro, punto de partida para que los gobiernos de Chávez y
Maduro, se inventaran la ficción de Sistema Público Nacional de Salud,
con Barrio Adentro I (Módulos), Barrio Adentro II (Clínicas Populares,
Centros de Atención Integral), Barrio Adentro III (Hospitales del
Pueblo) y Barrio Adentro IV (Hospitales Especializados), que, en algunos momentos, mejoraron la precaria prestación de servicios médicos
odontológicos en Venezuela y permitieron a la población tener acceso a
dichos servicios por la estrategia de ubicación utilizada.
La
corrupción administrativa, el latrocinio, el paralelismo institucional,
la ausencia de rectoría en materia de salud y la perversión
institucional, dieron al traste con esta política de salud y, en la
actualidad, el país entero, su población total, está en la más completa
indefensión en materia de asistencia médica, pues, nada de lo existente
sirve, ni siquiera el subsector privado de la salud y el sistema de
aseguramiento privado, por cuanto no existe en el mercado asegurador
privado una póliza que soporte la inflación en los servicios
médico-odontológicos, además, de las exclusiones, que, a decir verdad,
es una práctica discriminatoria, violatoria de la Constitución, que debe
cesar prontamente en el mercado asegurador. Por otra parte, este
subsector, negocio al fin, establece múltiples trabas, que ya ha dejado
de ser alternativa y complemento de la salud en el país. Negando, así,
un derecho fundamental.
Comentarios
Publicar un comentario