Ir al contenido principal

CREDIBILIDAD DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL ORGANIZADA

 

CREDIBILIDAD DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL ORGANIZADA

                                                                                                                   Absalón Méndez Cegarra

     La Comunidad Internacional Organizada (CIO), la entendemos como el mecanismo que los Estados- nación o Estados nacionales procuran para actuar mancomunadamente en el logro de determinados propósitos. Múltiples son los factores que originan la organización de los Estados en la esfera internacional. Entre estos factores destacan los políticos, económicos, comerciales, sociales, culturales, laborales, geográficos y de seguridad y defensa.

     A partir de la primera guerra mundial y durante todo el siglo XX se crearon diversidad de organizaciones en las que los Estados interesados por algún motivo pasaron a ser Estados miembros o partes, tal es el caso de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a nivel mundial y, a nivel regional, la Organización de los Estados Americanos (OEA). Tanto la ONU como la OEA, han creado, a su vez, diversos organismos técnicos, especializados y dedicados al estudio de determinadas materias: ambiente, trabajo, comercio, alimentación, minería, petróleo, energía, seguridad y defensa, armamento, salud, infancia, educación, seguridad social, finanzas, derechos humanos, etc.

     Con frecuencia se informa sobre la realización de congresos, conferencias, cumbres, designación de días alusivos a algún hecho o fecha memorable. Resultados de esos encuentros son los convenios, acuerdos, tratados, recomendaciones y resoluciones y los famosos manifiestos y compromisos: salud para todos en el año 2000, década del desarrollo, pobreza cero, metas del milenio, trabajo decente, pisos de protección social, entre muchos más, que terminan siendo olvidados rápidamente, en espera de un nuevo encuentro, en el que lo incumplido se convierte en diagnóstico y punto de partida para nuevos documentos o declaraciones con nuevas promesas. Nunca se señala por qué no se cumplió lo prometido anteriormente.

     Un aspecto que conviene destacar, el cual habla muy mal de la credibilidad de la comunidad internacional, está relacionado con la participación de los Estados. Los Estados, con sus intereses propios, sectarios y egoístas, son los que se organizan y crean los foros internacionales, lo que llaman la diplomacia directa de los Jefes de Estado. Es, así, que la defensa de intereses propios, es lo que determina la dinámica, acuerdos y resoluciones de los organismos internacionales, por lo que, como dice el refrán popular, no “se puede pedir peras al olmo”, es decir, no se puede esperar de los organismos internacionales cosas distintas al querer de los Estados que los integran. Y, ellos, en su conjunto, han desarrollo una suerte de declaración de principios oculta, no expresa, la cual no figura en ningún documento constitutivo de los organismos internacionales, en ellos solo se expresan objetivos y propósitos muy loables y positivos, manifestaciones de buena voluntad de los Estados: la paz, salud para todos, protección de la infancia, protección social para todos, justicia social, entre otros. Nada se dice que los Estados se protegen unos a otros, existe una solidaridad automática. “Hoy, por mí, mañana, por ti”. Toda una complicidad internacional y un mirar para los lados.

     La paz, no solo como ausencia de la guerra, está condicionada a lo que decidan los cinco votos permanentes y con derecho a veto del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por lo que resulta iluso que en dicho Consejo prospere algo que vaya en contra de los intereses de los cinco grandes que dominan el mundo. Los diez Estados restantes del Consejo constituyen solo decorado.

     La reciente decisión de las Naciones Unidas de elegir para integrar el Consejo de Derechos Humanos a tres países de la comunidad internacional, reconocidos ampliamente por el mundo entero como violadores de derechos humanos, deja por el suelo la credibilidad de estos organismos internacionales.

      188 países, Estados miembros de la ONU, acaban de elegir a la República Socialista de Cuba, miembro del Consejo de Derechos Humanos. En lenguaje coloquial, “zamuros cuidando carne”. Entre estos 188 países, encontramos, 27 países que dicen reconocer a Juan Guaidó, como Presidente Interino de Venezuela, en atención a la grave situación política, económica y social que se vive en Venezuela, país, también, miembro de la ONU, con un gobierno, según, los países que confieren la investidura presidencial a Guaidó, inconstitucional e ilegal, fruto de un fraude electoral, por tanto, un poder usurpado.

     ¿Cómo entender esta contradicción? Es posible, que la comunidad internacional, condene a un Estado miembro como violador de derechos humanos (Cuba y su colonia Venezuela) y al mismo tiempo, lo premie eligiéndolo para integrar el Consejo de Derechos Humanos.

     Venezuela, tal parece, no tiene nada que esperar de la comunidad internacional. La ONU, acaba de propinarle un golpe mortal.

Comentarios

Entradas populares de este blog

LEY DE SATURACIÓN CRIMINAL

                                         LEY DE SATURACIÓN CRIMINAL                                                                                                                  Absalón Méndez Cegarra        Las ciencias criminalísticas, mediante información estadística del fenómeno criminal, han llegado a establecer dos leyes que explican el comportamiento de dicho fenómeno y su regularidad en cualquier lugar del mundo. Se trata de las leyes sociales conocidas como: Ley de saturación criminal y ley de sobresaturación criminal. La primera de estas leyes, la de saturación criminal, establece que cada sociedad, país o grupo humano tiene capacidad para tolerar un cierto y determinado grado de delincuencia y de criminalidad, fenómeno que ha acompañado al ser humano desde su aparición en la tierra, el cual ha sido estudiado de mil maneras y desde distin

DESCONOCIMIENTO DE LA LEY

                                                            DESCONOCIMIENTO DE LA LEY                                                                                                                       Absalón Méndez Cegarra En Venezuela, cada día, nos tropezamos con hechos insólitos. El Código Civil de Venezuela, en sus artículos 2° y 4°, establece dos(2) máximas que tienen por finalidad garantizar seguridad jurídica entre la población. Al efecto, señala,   el Código, artículo 2°, lo siguiente: “La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento”. Y, en el artículo 4°, tenemos, que: “A la ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de   ellas entre sí y la intención del legislador (…)”. Estas disposiciones legales nos advierten que la ley, aún cuando se desconozca su contenido, aplica en cualquier circunstancia de hecho, tiempo y lugar; y, que, su interpretación, no puede ser arbitraria, caprichos

ORGANIZACIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL

ORGANIZACIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL                                                                                                                                   Absalón Méndez Cegarra La Organización de Bienestar Estudiantil de la Universidad Central de Venezuela (OBE.UCV)   fue creada el 13 de diciembre del año 1943, durante el gobierno del General Isaías Medina Angarita, mediante Decreto del Ejecutivo Federal N° 279 de igual fecha.   Nació,   como una   dependencia adscrita al Ministerio de Educación;   pero, con   personalidad jurídica y   patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, es decir, los caracteres específicos   que tipifican los   institutos autónomos, en tanto   descentralización funcional   de la Administración Pública. Con el correr del tiempo y el reconocimiento legal de la autonomía universitaria, la OBE pasa a depender de la Universidad Central de Venezuela y, en la actualidad, permanece adscrita a la Secretaría General de la Universidad