SEGURIDAD SOCIAL: LA GRAN DEUDA NACIONAL
Absalón Méndez Cegarra
En Venezuela, ha transcurrido tiempo suficiente para que el gobierno nacional honrase el compromiso de hacer realidad la promesa de crear y poner en marcha un moderno y avanzado sistema de seguridad social, garante de protección social de los venezolanos y de los extranjeros que conviven con nosotros.
Con frecuencia, el gobierno suele traer al presente el célebre pensamiento de El Libertador Simón Bolívar, expuesto como proyecto político en 1819, en el Congreso de Angostura, a propósito de su propuesta de una nueva Constitución para la reciente República de Venezuela.
Señaló, El Libertador, en su momento, que, “el mejor gobierno es aquel que garantiza la mayor suma de estabilidad política, de felicidad posible y de seguridad social”, expresión que ubica a Simón Bolívar como el primer pensador político que mencionó el término seguridad social, para referirse a una obligación del Estado para con los ciudadanos; pero, este recuerdo bolivariano es solo retórico, pues, jamás, ha sido pauta que guíe la acción gubernamental.
La campaña electoral de 1998 se caracterizó, como muchas otras, por las promesas y ofrecimientos de superar la pobreza de la población, salir del atraso económico, social y cultural y romper con los lazos de dependencia imperial.
Entre las promesas y ofertas de los candidatos presidenciales interesa destacar la de Hugo Chávez, candidato triunfante, quien prometió a los venezolanos hacer una “revolución democrática para transformar a Venezuela”, promesa llevada, en 1999, al texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en la cual destaca el establecimiento del derecho a la seguridad social, como un derecho humano y social fundamental, promesa, que, como muchas otras, ha quedado en el olvido, al igual que el texto pleno de la Constitución.
Militamos en la causa de la seguridad social como una modalidad avanzada de protección social, reconocida universalmente, la cual siembra sus bases en el sentimiento humano de solidaridad y en el reconocimiento de la dignidad del ser humano. Esta concepción filosófica y doctrinaria de la seguridad social, inspiró, al igual que el pensamiento bolivariano, al Constituyente de 1999, para llevar a la Carta Magna un artículo, el 86, en el cual se estableció el más moderno y avanzado sistema de seguridad social, cuyos caracteres básicos son: a) la seguridad social es un derecho de toda persona, sin discriminación alguna: b) es un servicio público: c) ampara a la población ante determinadas contingencias biológicas, económicas y sociales, mediante el otorgamiento de prestaciones sanitarias, dinerarias y sociales; d) el Estado se constituye en garante de la efectividad de este derecho, para lo cual crea y desarrolla su marco legislativo regulatorio y la institucionalidad correspondiente y ordena su organización, funcionamiento y operatividad: y, f) la población amparada contribuye con el financiamiento de acuerdo a su capacidad económica, a través de un sistema de financiamiento que combina la aportación directa (cotizaciones) y la indirecta (tributos), a los fines de mantener el equilibrio financiero y la perdurabilidad y efectividad prestacional.
Han pasado 23 años y el Sistema de Seguridad Social no ha sido puesto en marcha. No hay excusa posible. Gran deuda social que mantiene el gobierno nacional con el pueblo venezolano.
La norma constitucional y su desarrollo legislativo, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) son obra de la “revolución bolivariana”. El gobierno ha dispuesto de enormes recursos económicos para saldar dicha deuda: pero, ha preferido no hacerlo, negando así un derecho humano a los habitantes del territorio nacional. El obstáculo no ha sido ni sanciones ni la oposición, simplemente, ausencia de voluntad política, lo cual coloca a Venezuela entre los países del mundo con menor protección social. Pero, también, conviene señalar la ausencia de cultura de la seguridad social en el pueblo venezolano y su conformismo y pasividad. Lo que explica que en Venezuela la seguridad social es un derecho formal que no se cumple, la población, tampoco, exige y demanda su cumplimiento
La LOSSS (2002, 2012), es una Ley marco o cuadro de indiscutible avance en el campo de la seguridad social. Pocas legislaciones del mundo disponen de una norma jurídica que regule la seguridad social en los términos como lo hace la LOSSS. La cobertura, como se ha dicho, es universal y, el cuadro de contingencias o riesgos amparados es inédito, casi impensable en un país de las características poblacionales y de potencial socio económico como el nuestro. La aplicación estricta de esta Ley colocaría a Venezuela en la cima de los países del mundo en cuanto a protección social se refiere. Las nueve contingencias amparadas por el Convenio 102 de la OIT (Norma Mínima de Seguridad Social, 1952), que orientaron el funcionamiento de los Seguros Sociales, suscrito y ratificado por Venezuela, por consiguiente, Ley de la República de obligatorio cumplimiento, han quedado rezagadas ante la amplitud de situaciones cubiertas por la LOSSS.
El Área de Postgrado en Seguridad Social, adscrita a la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela, es, sin duda alguna, modestamente, el espacio académico en Venezuela, que mayor fomenta el empoderamiento por parte de la población del derecho a la seguridad social y contribuido a su desarrollo legislativo. Su contribución al desarrollo de la seguridad social es notable en cuanto a investigación y formación de personal de alto nivel, como bien lo establece la LOSSS: pero, lamentablemente, es talento humano que se pierde o subutiliza toda vez que la institucionalidad de la seguridad social no existe.
Queremos sensibilizar al liderazgo político, empresarial y sindical sobre la importancia de la seguridad social como factor del desarrollo nacional y bienestar de la población, su implementación inmediata es un paso importante para que el Estado venezolano salde su deuda social.
Comentarios
Publicar un comentario