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Mostrando entradas de marzo, 2013
NADA DE LO QUE SUCEDA EN EL PAÍS EN MATERIA JUDICIAL DEBE SORPRENDER A LOS VENEZOLANOS Entre nosotros todo está trastocado. El Derecho, como ciencia jurídica, no significa rectitud, conformidad con la norma, sino todo lo contrario. La cabeza del Poder Judicial, el TSJ, se ha encargado de colocar las cosas al revés. El ordenamiento jurídico nacional es una plastilina, una arcilla, que se moldea a voluntad, al gusto de los interesados. Es una tira plástica que se estira y encoge a petición del mejor postor; por consiguiente, es acomodaticio al criterio de quienes entienden el Derecho no como lo recto sino como lo torcido y, la ley, como un instrumento para regular la vida de otros, no la propia. La decisión del TSJ, con ponencia de la Magistrada que preside la Sala Constitucional y el TSJ, como era de esperar, desestimó la petición, alegando “(…) que hay un decaimiento del objeto en la demanda contentiva de la acción de inconstitucionalidad contra la presunta comisión legislativa de la
ESTABILIDAD LABORAL EN LA LOTTT Absalón Méndez Cegarra Lo relacionado con la permanencia del trabajador en su centro de trabajo o entidad laboral ha sido   y es motivo de interés de los factores que intervienen en la producción de bienes y servicios y en los mercados laborales del mundo. El paro de los trabajadores, bien sea por cesantía   debida a distintas causas: recesión económica, despido sin causa,   cambios de patrón tecnológico (desempleo tecnológico), sobreoferta de mano de obra, conflictos laborales, o, por otras,   genera preocupación social que afecta, por igual, a los trabajadores, a sus familias, a los procesos productivos y al Estado; además, se constituye, en algunos casos de cesantía, en eventos   que ponen en actividad a las instituciones de seguridad social, sobre todo,   los sistemas y regímenes   de protección   que amparan, mediante métodos   de aseguramiento (seguros de paro forzoso), la pérdida , por lo general, involuntaria, del empleo. Éstas y muchas otras r
MAYOR SALARIO MÍNIMO Absalón Méndez Cegarra El artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece el derecho que tiene todo trabajador a recibir un “salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas, sociales e intelectuales (…)El estado garantizará(…) un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica(…)”. Por su parte, la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en sus artículos 129 y 130, desarrolla este derecho del trabajador  e indica el procedimiento a seguir, anualmente, pada decretar el monto del salario mínimo. El año pasado, 2012, a propósito del aumento salarial que suele decretarse en los primero días del mes de mayo, se incrementó el salario mínimo en un 25%, fraccionado en dos partes. El Ejecutivo Nacional para adoptar tal decisión prescinde por completo del procedimiento establecido legalmente y
EFECTIVIDAD DE LA LUCHA GREMIAL Absalón Méndez Cegarra En Venezuela, por circunstancias ampliamente conocidas, existe un ambiente explosivo, de enorme conflictividad social. A la grave situación de inestabilidad política y alteración del Estado de Derecho, por la ausencia presidencial,  errática decisión del TSJ y usurpación del poder, se suma la constitución y activismo de un ejército mercenario llamado milicias; la invasión de un país extranjero; la creación de fuerzas de choque (brigadas de motorizados fuertemente armados y colectivos); y, como si fuera poco, la escasez de alimentos; el desabastecimiento de productos de todo tipo; la inflación acelerada; el desempleo y empleo precario;  la devaluación del signo monetario que ha terminado de empobrecer a la población, sobre todo,  la de menores recursos económicos;  la paralización del aparato productivo; la inseguridad personal; el auge delictivo; y, un órgano legislativo sancionador de normas jurídicas para un país que no existe, m
EL ATAQUE A CAPRILES Absalón Méndez Cegarra Al parecer, nuestra inconformidad, no tiene cura. Los venezolanos no estamos conformes con nada. Dos meses de gobierno de facto ha sido tiempo suficiente para pedir a gritos que regresen las cosas a su situación original, lo que en derecho se conoce como reponer la causa a un determinado estado del proceso, es decir, al momento que el Presidente de la República abandonó el país para atender asuntos personales.   Esto se debe a que el “remedio resultó peor que la enfermedad”, como reza el refrán criollo. En la relación maestro-alumno, siempre se espera que el alumno supere al maestro, lo que es motivo de orgullo para éste último; pero, entre nosotros,   con   actuar   al revés, los alumnos no sólo no superaron al maestro, sino que en procura de imitación lo hicieron mal, grotescamente mal.   Hasta para insultar y decir groserías o malas palabras se requiere un cierto encanto o gracia, si no que lo diga el famoso   humorista venezolano “El Cond