DERECHO A NO TENER DERECHO Absalón Méndez Cegarra La palabra Derecho, en sentido general, significa recto; pero, en sentido jurídico, la noción es distinta, sin obviar este sentido original de recto, de conformidad, que se suma, al concepto de Derecho, como facultad de las personas para exigir algo a los demás; también, abstenerse o hacer algo para sí mismo. Por otra parte, se entiende el Derecho, como el conjunto de normas jurídicas vigentes en un determinado lugar. Por extensión, se aplica al estudio de la ciencia jurídica y, más, precisamente, al estudio del ordenamiento jurídico que capacita para ejercer la defensa de las personas ante controversias de carácter judicial, lo que se conoce nor
Licenciado en Trabajo Social, Abogado, Doctor en Ciencias Sociales y Coordinador del Postgrado Integrado en Seguridad Social en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FACES) de la Universidad Central de Venezuela (UCV).